BIENVENIDO A RADIO TITANKA | Sábado, 2 de Abril del 2024

EN VIVO

PORTADA  |

TC revisará demanda contra estados de emergencia

Que afecta a distritos de Cotabambas y Cusco por el proyecto minero Las Bambas

TC revisará demanda contra estados de emergencia

El pasado 22 de febrero, la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Apurímac concedió el Recurso de Agravio Constitucional, en demanda del Habeas Corpus presentada por organizaciones campesinas de Challhuahuacho, contra la norma que prorrogó el Estado de emergencia en los distritos de Challhuahuacho y Mara (Cotabambas), así como Ccapacmarca (Cusco).

Según el Ejecutivo esta medida se sustentaba en la necesidad “prevenir” actos de violencia en estos lugares sobre la base de los informes policiales “sobre los conflictos sociales advertidos en dichas zonas”, sin embargo, los dirigentes de estas localidades se pronunciaron señalando que no existían razones fundadas para mantener el estado de excepción en la zona, pues venía afectando y restringiendo diversos derechos constitucionales como la libertad de reunión y de tránsito, la libertad y seguridad personales y la inviolabilidad de domicilio.

Así mismo, señalaron que dicha medida sólo beneficiaría al proyecto minero que desarrolla la empresa MMG Las Bambas, para el traslado del mineral hacia la costa peruana y actividades relacionadas con la tercera modificación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto referido.

Los antecedentes se remontan cuando en el último trimestre del 2017, las organizaciones de Challhuahuacho con el asesoramiento del Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), formalizaron ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Cotabambas la presentación de una demanda de Hábeas Corpus contra el Decreto Supremo Nº 101-2017-PCM, debido a la prórroga de hasta 04 veces el Estado de Emergencia en las zonas indicadas.

Sin embargo el Juzgado de Cotabambas declaró improcedente la referida demanda, hecho que originó que la decisión fuera apelada ante la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; desde donde también se confirmó la decisión del Juzgado de primera instancia.

Ante esta situación los representantes de las organizaciones sociales de Challhuahuacho en el mes de febrero del presente año, presentaron un Recurso de Agravio Constitucional para que el Tribunal Constitucional revise esta decisión de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

Cabe precisar, que en el mes de enero último, el Gobierno mediante DS Nº006-2018-PCM, declaró en Estado de Emergencia el corredor minero Apurímac-Cusco-Arequipa, con una longitud de casi 500 kms, mientras que en febrero el Ejecutivo decidió prorrogar dicha medida mediante DS Nº 015-2018-PCM.

No obstante, algunos de los distritos comprendidos en la anterior etapa de los Estados de Emergencia se encuentran nuevamente en esta situación. Según los referidos decretos, la medida adoptada es de carácter preventivo para lo cual se autorizó a la Policía Nacional, con el apoyo de las Fuerzas Armadas a mantener el orden interno en una zona donde no existe alteración del orden público.

En definitiva, los estados de emergencia “preventivos” carecen de fundamento constitucional, como se señala en el Artículo 137º de la Constitución Política, debido a que no se sustentan en hechos concretos o hechos reales de grave alteración al orden público, sino en supuestos, que restringen los derechos fundamentales de las poblaciones que habitan en zonas de influencia de la actividad minera.

En el fondo, consideramos que se viene usando esta medida como un mecanismo de control social y estrategia para atemorizar a las poblaciones para no ejercer su derecho a la protesta, reemplazando al diálogo y la concertación como formas y mecanismos para abordar y resolver los conflictos.

 

¿QUÉ OPINAS?

FACEBOOK